Importancia de la Formalización Laboral

Juan Fernando Torres Chavez

Introducción:

La “Formalización Laboral” es un tema que hoy más que en ningún otro momento,  cobra gran relevancia en toda Latinoamérica;  en Colombia, cada vez son más las voces expertas sobre el tema, que abordan la importancia de la formalización para el desarrollo económico y social del País.

La formalización Laboral, es indispensable para lograr el posicionamiento empresarial, mitigar los riesgos  laborales y generar desarrollo económico, social y empresarial en el país y   teniendo en cuenta que las Leyes  no so estáticas,   Colombia en materia laboral viene trabajando a partir del Art 53 de la constitución Política de Colombia “Estatuto del Trabajo” , Convenios OIT ratificados por el Honorable Congreso de la Republica, innumerables sentencia de la Corte Constitucional , Corte Suprema de Justicia sala laboral y concejo de estado que han dado el marco jurídico que complementa el  Código Sustantivo del Trabajo buscando siempre mejorar las condiciones laborales del país.

Es por lo anterior,  que en este artículo se aborda la importancia del tema, algunos de sus componentes y la relación que el mismo tiene de forma directa con las buenas practicas  y el desarrollo empresarial y económico del país.

Palabras Clave: Formalización Laboral, Intermediación Laboral, Desarrollo Empresarial, Políticas Públicas.

La Formalización Laboral, encierra todos aquellos esfuerzos  que desarrollan las  Empresas;  los cuales, están  orientados  a su incorporación plena a la economía formal, a la apertura de nuevos mercados, al desarrollo social de su Recurso Humano y al posicionamiento efectivo en su línea de negocio.

En Colombia no obstante, solo hasta épocas recientes el Estado como garante de Derechos ha legislado y aplicado Políticas Públicas orientadas a erradicar malas prácticas laborales y es por ello,  que el Senado de la República expidió la Ley 1429 2010 donde en su Art. 63 concentro la forma como se debe aplicar la contratación del personal en una Empresa Privada y/o Pública, dejando claro  la prohibición de usar modelos de trabajo denominados tercerizados ( Prestación de servicios/ apoyo de servicios, cuentas de participación, Cooperativas,  CTAS) para desarrollar el objeto de la empresa pública o privada y deberá aplicar los modelos laborales del Art 3 del CST ( Individual / Colectivo).

Es por lo anterior, que en la actualidad las empresas optan por diferentes figuras  para evadir sus responsabilidades con sus trabajadores, bajar costos y/o evadir cargas tributarias, generando una inadecuada afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral y  la práctica de Intermediación Laboral que da como resultado un riesgo jurídico y una falta de registro en los pasivos contables que no podrá descontar de su Declaración de Renta;  al igual  que tras situaciones que pueden llegar a sanciones administrativas por los órganos de control ( Ministerio de Trabajo, UGPP, Dian ) y penales; es por esto,  que el tema causa relevancia ante los ajustes de los órganos de control como la DIAN con la factura electrónica, Nomina Electrónica y las entidades que controlan el sistema de seguridad social integral e igual la UGPP.

Entre tanto, para el Ministerio de  Trabajo,  la Formalización en primer lugar es la aplicación de contratos laborales individuales para los privados y la Inclusión en Carrera Administrativa / Contratos Oficiales para el Sector Público ; pero las normas colombianas,  permiten dar aplicación al MODELO COLECTIVO LABORAL bajo la aplicación de su propia reglamentación   de conformidad a los Convenios Internacionales OIT, siendo también un modelo laboral de formalización en Colombia así las Políticas del Estado no den tal relevancia.

Por lo anterior los empresarios de todo tipo tienen a su disposición un modelo de trabajo de línea laboral “Laboral colectivo” para adecuar a sus trabajadores en mejores condiciones que se podrán negociar previamente y se perfeccionan en un Contrato de negociación colectiva;  el cual, posee su Reglamento Interno de Trabajo que fijará la forma adecuada de su desarrollo para las partes (Empleador/ Empresario, Organización y Trabajador).

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